Muchos de los clientes que llegan al Estudio vienen dispuestos a saber si lo que les ocurrió fue mala praxis (médica o jurídica) y comenzamos un reclamo luego de solicitar el correspondiente informe médico legal y este nos es favorable.
Y así comienza todo.
Sin embargo, muchos otros llegan con juicios abiertos llevados por colegas, en la necesidad de cambiar el patrocinio y contratarnos, o simplemente en búsqueda de una segunda opinión.
Si del estudio de ese expediente surge que la pericia médica (fundamental en los juicios de mala praxis médica) ya fue producida y habla de baja incapacidad física, es muy difícil explicarles a estos clientes que la suma que demandó el colega es solo eso, una suma que se pidió y no la que el juez va a dictaminar.
Recordemos que los jueces se sirven de los peritos (expertos), y que pocas veces las sentencias se apartan de estas pericias, por tanto, si la demanda fue por 400 mil pesos y la pericia médica dice que no hay incapacidad de la víctima que reclama o esta es ínfima (15%) es casi imposible que se llegue a la suma demandada, y esto en la mayoría de los casos el consultante no lo comprende.
Noto que está instalado en la idea del otro que sí hizo juicio, duró más de cinco años, el abogado reclamó equis suma, no parece importarles la pericia, y siguen el juicio, creyendo que se harán de una gran suma. Y a pesar de los consejos de esta letrada, por ejemplo, de conciliar y cerrar el juicio con un buen acuerdo, atento a las circunstancias, o de que la sentencia no será todo lo que ellos estiman, siguen adelante.
Y seguir adelante es llegar a sentencia o a Cámara con un fallo que los desilusiona y enfurece. El monto de la demanda no es un cheque al portador a cobrar cuando el juez sentencie, es una solicitud del abogado, que será más o menos, según las pruebas a rendirse en el expediente.
Antes de iniciar un juicio de mala praxis médica, debe tenerse la certeza de que esta se cometió. Debe pedirse un informe médico legal.
“Un chiquito nacido con parálisis cerebral es terrible para cualquier padre, pero no por eso debemos “suponer” que entonces hubo mala praxis. Sin informe médico que nos favorezca, no tenemos un caso, y sin caso, hay un juicio, años invertidos, esperanza del cliente, trabajo del abogado, trabajo del juzgado, gastos que se generan por la tasa de justicia, los honorarios de los abogados y los peritos, pero será un caso a perderse en sentencia.”
No habrá indemnización si no hay daño.
Con una pericia desfavorable (que claramente dice que no hubo mala praxis) y una sentencia que ratifica esto, no tiene sentido (salvo rarísimas excepciones) ir a Cámara, apelar. Y si el abogado que lleva el caso fundamenta esto en “me tengo mucha confianza en revertir la sentencia de primera instancia”, como escuché semanas atrás, pobre cliente… La autoconfianza es buenísima, pero debe sostenerse con pruebas que nos favorezcan, si no será solo la autoconfianza, y con eso solo no se revierte una sentencia.
Si el colega que lleva el juicio recibe una oferta de la otra parte en medio de este, el cliente y el abogado deberán evaluarla, no en función del monto de la demanda (me pongo reiterativa) sino en función de cómo va ese juicio.
Tengo la idea de que, si me voy a operar y confío en el cirujano, cierro los ojos y me dejo operar. En cambio, algunos clientes piden estar despiertos en la operación, y nos dicen qué escalpelo usar mientras litigamos o negociamos, como si fueran cirujanos.
No soy cirujana, soy abogada. No siempre tengo razón. Me equivoco. Pero si viene por mi consejo, me pregunto por qué siguen escuchando el propio…
Docente de Grupo Professional
Absolutamente de acuerdo. Buen comentario!!!
Saludos
Gracias por tu comentario Hector!
Muy buen artículo.
Como puedo contactarme con la dra cataldo?)
Gracias por tus palabras Manuel, podes contactarla por su facebook:
https://www.facebook.com/estudiojuridico.dicataldo