Alcances de la nueva disposición del Poder Ejecutivo respecto de la movilidad de las jubilaciones a partir de Abril/2024.
El pasado 25 de marzo se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 274/2024 “Movilidad Jubilatoria” DNU-2024-274-APN-PTE- Ley 24241 Modificación, y su Anexo “Formula de Movilidad”.
La Constitución Nacional establece en su art. 14 bis que las jubilaciones y pensiones serán móviles, aunque sin determinar el sistema de movilidad. El art. 32 de la ley 24241, establece que las jubilaciones serán móviles. Este articulado, desde entonces, ha sido atravesado por distintas leyes que establecieron las fórmulas para determinar esa movilidad. En 1995 por la ley 24463, en 2007 por la ley 26.198, luego ley 26.417 y dec 3/2009, la ley 27426 de diciembre de 2017, ley 27541 de diciembre de 2019 y DNU 542/20, los decretos siguientes durante la Pandemia, 163/20, 495/20 y ss, hasta el dictado de la ley 27.609 del 2021.
Abogada independiente
Especializada en derecho de las familias y derecho previsional
Docente en Tu espacio jurídico (TEJ)