En Provincia de Buenos Aires, la Suprema Corte dispuso la aplicación “inmediata” del “nuevo” procedimiento laboral

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La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires derogó la Resolución 3199/19, que suspendía la operatividad de la ley 15057 y dispuso que las normas de la ley mencionada, replicadas en el “Anexo” de la nueva resolulución del Máximo Tribunal de la Provincia “son de aplicación inmediata aún respecto de los tribunales colegiados del fuero laboral.” 

Así lo decidió en la Resolución 1840/24, que busca terminar con la actual situación en materia de procedimiento laboral, dado que la ley 15057, publicada en el Boletín Oficial local el 27 de noviembre de 2018, deroga la ley 11653 y establece un nuevo procedimiento laboral, que debía entrar en vigencia “el primer día hábil del mes de febrero de 2020” (arg. conf. arts. 88 y 104 ley 15057). DESCARGUE LA RESOLUCIÓN 1840/24 DE LA SCBA

Sin embargo, por resolución 3199/19, Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires había suspendido la operatividad de la nueva ley. Por lo tanto, el procedimiento laboral siguió regulandose por la ley derogada.

En los considerandos de la nueva resolución se declara que “ha transcurrido un extenso período, lo cual exige transitar otros caminos para dar pleno efecto al referido régimen legal”.

Para remediar esta situación, la Suprema Corte resolvió:

– Derogar la Resolución 3199/19.

– “Disponer que las normas de la Ley 15.057 replicadas en el “Anexo” de esta resolución, con los alcances de los considerandos de la presente, son de aplicación inmediata aún respecto de los tribunales colegiados del fuero laboral. (la negrita es nuestra)

– Establecer que la “operatividad de los artículos 7, 22, 71 al 81 inclusive, 87 y 90 al 102 inclusive de la Ley 15.057, no incluidos en el “Anexo”, estará sujeta a los estudios complementarios y acuerdos institucionales” que surgirán del informe estadístico requerido a la Secretaría de Planificación y del análisis de factibilidad que deberá realizar la Dirección General de Asesorías Periciales, en ambos casos en un plazo de 60 días; y de la creación de una Mesa de Diálogo y de Análisis para asistir a la Suprema Corte de Justicia en la puesta en práctica progresiva de la ley 15.057, invitándose al efecto a representantes de los Colegios de Abogados y de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires, así como a especialistas a fin de efectuar recomendaciones para la mejor implementación de la reforma establecida para el fuero. a los que aluden los artículos siguientes.” (la negrita es nuestra)

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