El Dr. Juan Martín Arecha es abogado recibido en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Secretario titular a cargo de la Secretaría N° 59 del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 30. Master en Derecho Empresario Económico en la Universidad Católica Argentina. Docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Profesor en “Escuela de Capacitación Judicial de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional” para el Fuero Comercial, Nivel Medio. Disertante en la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional en las jornadas sobre “La protección del consumidor en el proceso civil y comercial” (Abril de 2023) y sobre “Las acciones de incidencia colectiva en las relaciones de consumo” (Septiembre de 2023). Autor de otros artículos de doctrina.
- La caducidad de instancia en el régimen general
Con la presentación de la demanda se inicia el proceso judicial y nace la relación jurídico-procesal.
El proceso judicial está destinado a averiguar la verdad de los hechos invocados por los sujetos involucrados y a concluir mediante el dictado de una sentencia en la que el juez decide sobre el fondo de la cuestión sometida a su consideración.
Sin embargo, puede suceder que el proceso concluya de manera prematura mediante alguno de los modos anormales de terminación del proceso. El CPCCN en el Título V del Libro Primero de la Parte General regula el desistimiento, la transacción, la conciliación y la caducidad de la instancia (arts. 304 a 318 del referido cuerpo legal).